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SCT establece normas para el uso de drones

Retomando el tema de la semana pasada, la SCT (Secretaría de Comunicaciones y Transportes) en México estableció las reglas para el uso de drones con la finalidad de preservar la seguridad del público y de los operadores de los mismos.

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El documento establece limitaciones al uso de los drones según su peso, pero incluye limitantes válidas para todos los equipos.

Dentro de las limitaciones, establece que independientemente de su peso, sólo pueden ser operados de día, en áreas no clasificadas como prohibidas, restringidas o peligrosas y al menos a 9.2km de aeropuertos, 3.7km de aeródromos y a 900 m. de helipuertos.

Esta nueva norma clasifica 3 tipos de drones, los de hasta 2Kg de peso, de 2 a 25kg y de más de 25kg. En los tres casos los operadores, sean personas físicas o morales, están obligados a respetar todas las leyes, normas y reglamentos.

En cuanto a los equipos de menos de dos kilos, estos son los únicos que pueden ser operados sin necesidad de requerir autorización de la DGAC (Dirección General de Aeronáutica Civil), pero si se usan para actividades comerciales, deben tener un seguro de daños a terceros, entre otras condicionantes.

En cuanto a los que pesan más de dos kilos,  cuando su uso es recreativo, sólo pueden ser usados dentro de clubes de aeromodelismo.

Los de uso comercial requieren autorización de la DGAC. En el caso de dispositivos de más de 25Kg, estos deben contar con autorización de la DGAC y el piloto debe contar con una licencia de piloto.

La norma establece que el operador del don es el responsable de su operación, uso y en caso de accidente de los daños causados por la misma, así como de la información capturada por la misma.

Establece que para los dispositivos de menos de 2kg, la altura máxima de vuelo sob 122 metros o 400 pies, tiene que estar en linea visual con el piloto y a una distancia no mayor de 450 metros del piloto.

Se especifica que todos los drones podrán volar sobre personas, siempre y cuando se mantenga una altura de al menos 46mts. o 150 pies.

Pueden consultar el documento completo en la página de la SCT dando click aquí.

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